• Sergio Mastretta
  • 23 Mayo 2013
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Por: Sergio Mastretta

“Construcción de un conjunto de obras que permitirán la generación de energía eléctrica con fines de autoabastecimiento, mismas que están integradas por una presa derivadora con capacidad aproximada de almacenamiento al NAMO de 900,000 metros cúbicos, la cual tendrá una altura máxima desde el desplante a la corona de 42 metros, con un ancho de corona de 3.5metros y 82 metros de longitud; contará con un vertedor de excedentes (integrado al cuerpo de la cortina) con una longitud total de cresta de 65 metros; altura entre la cresta vertedora y la corona de la cortina de 2 metros para un gasto de diseño de 3500 metros cúbicos por segundo; así mismo, se instalará en el fondo del cauce una estructura desarenadora equipada con dos compuertas deslizantes de 2 por 2 metros que permitirán, en el tiempo de avenidas, eliminar el azolve retenido en la presa.

“Por otra parte, en el cuerpo de la cortina, en un nivel debajo de la rasante del túnel, se instalará una tubería de toma que estará regulada, misma que permitirá enviar al río el gasto ecológico determinado. Así mismo, se instalará un túnel de conducción de 4.42 kilómetros con sección portal de 3.5 metros por 4 metros, una tubería de conducción de acero de 640 metros de longitud y 2.6 metros de diámetro, una casa de máquinas que alojará dos conjuntos de turbina-generador tipo Pelton (con una potencia de generación cada uno de no más de 30 MW), así como una subestación eléctrica que permitirá elevar el voltaje generado para su posterior envío a la red de distribución administrada por la Comisión Federal de Electricidad. Así mismo, para el acceso al área donde estarán localizadas las obras de las cortinas y el portal de entrada al túnel de conducción  se construirá una rampa combinada con túnel que comunicará el camino de acceso existente en la parte alta de la margen izquierda del río con la zona de construcción del túnel y la cortina. Esta obra permitirá realizar tanto el ingreso de la maquinaria como la extracción del material producto de la excavación del túnel de conducción.”

+ Superficie total requerida para el proyecto: 17.5 hectáreas.

+ Embalse: 10.2 hectáreas.

+ Remoción total de vegetación forestal: 8.46 hectáreas.

+ Remoción de vegetación por embalse: 6.6 hectáreas.

 

3.- Los tiempos y los cumplimientos para el dictamen de SEMARNAT:

 

Los tiempos del trámite para el resolutivo de aprobación de la MIA-R del “Proyecto Hidroeléctrico Puebla 1”, presentado por DESELEC 1, S. de R.L., de fecha 9 de diciembre del 2011, con número de oficio S.G.P.A./D.G.I.R.A./D.G./9364.

 

- 20 de septiembre del 2011: Ingreso del proyecto en la DGIRA.

- 22 de septiembre del  2011: Publicación de la solicitud de aprobación de la MIA en la Gaceta ecológica de SEMARNAT.

- 22 de septiembre del 2011: corre el plazo de diez días para recepción de solicitudes de consulta pública.

- 4 de octubre del 2011: La DGIRA integra el proyecto.

- 4 de octubre del 2011: La DGIRA solicita opinión técnica de la Dirección General de Política Ambiental e Integración Regional y Sectorial (DGPAIRS), a la Dirección General de Vida Silvestre y a la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO).

- 4 de octubre del 2011: La DGIRA notifica el ingreso del proyecto a los municipios de Ahuacatlán, San Felipe Tepatlán y Tlapacoya, Puebla, así como a la Secretaría de Sustentabilidad Ambiental y Ordenamiento Territorial (SSAOT) del Gobierno del Estado de Puebla.

- 6 de octubre del 2011: vence el plazo para la recepción de solicitudes de consulta pública sin que se haya presentado ninguna.

- 25 de octubre del 2011: la DGPAIRS remite su opinión técnica. Oficio DGPAIRS/709/11. Opina que los sitios del proyecto no se encuentran regulados por ningún Programa de Ordenamiento Ecológico.

- 9 de noviembre del 2011: CONABIO remite su opinión técnica. Oficio SET/096/2011. Señala que el proyecto se localiza en la RPH-76 Río Tecolutla y entre dos RTP, la 102 “Bosques mesófilos de la Sierra Madre Oriental” y la 105 “Cuetzalan” y con un sitio prioritario terrestre SPT-6042, con una prioridad media para la conservación; y por estar localizado en bosque mesófilo de montaña señala una serie de observaciones tendientes a la protección de la flora y la fauna, “mismas que fueron consideradas durante la evaluación y dictaminación del proyecto”.

- 9 de noviembre del 2011: SSAOT/Gobierno del Estado de Puebla remite su opinión técnica. Oficio SSAOTIA 01.1.2.2-11/553. Opina que el sitio del proyecto no contraviene ningún instrumento de planeación y ordenamientos jurídicos estatales, que no se encuentra localizado dentro e algún área natural proyegida, y que considera viable el proyecto.

 

- 11 de diciembre del 2011: DGIRA informa en oficio S.G.P.A./D.G.I.R.A./D.G./9364 que no ha recibido respuesta de ninguno de los municipios involucrados en el proyecto.

(CONTINUARÁ: La empresa Comexhidro en México)


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