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Por: Francisco López Bárcenas

 

En la historia de la relación del Estado Mexicano y sus gobiernos con los pueblos y comunidades indígenas no ha ocurrido muchas veces un reconocimiento como el que se ha dado en el reciente resolutivo sobre la autorización de los trabajos de exploración minera a la empresa FRISCO en Tetela de Ocampo, en la Sierra norte de Puebla.

 

La consulta indígena.

 

 “Cualquier obra y actividad y actividad relacionada con el proyecto quedará condicionada al cumplimiento del Procedimiento para hacer del conocimiento previo, libre e informado a las comunidades indígenas que pudieran verse afectadas…”

(Ver: http://app1.semarnat.gob.mx

Expresamente SEMARNAT pide dar cumplimiento al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo firmado por el gobierno mexicano desde hace muchos años, y del que nunca ha hecho gran caso.

Diremos mejor: el menor caso. Por supuesto no lo ha hecho para el otorgamiento de miles y miles de hectáreas en concesión a las empresas mineras mexicanas y extranjeras. Ni qué decir de las autorizaciones de proyectos hidroeléctricos en los ríos que atraviesan territorios de pueblos originarios.

 

Finalmente lo ha hecho para el proyecto de la minera de Carlos Slim en Tetela. Y las consecuencias para todo el proceso de instalación de todos estos proyectos industriales en la Sierra Norte son enormes. Vale la pena preguntarse cómo ha ocurrido todo esto.

Y es obligado estudiar y analizar lo que se puede entender por “consulta indígena”. Mundo Nuestro presenta hoy la introducción del libro escrito por el investigador mexicano Francisco López Bárcena El derecho de los pueblos indígenas de México a la consulta, y que se puede leer completo en el portal del propio autor:

http://www.lopezbarcenas.org/doc

 Francisco López Bárcenas es uno de los principales especialistas en derecho indígena en México; participó en los años noventa en la Mesa de Diálogo de San Andrés como asesor del EZLN, y ha sido investigador del Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria en la Cámara de Diputados. Su libro, publicado este año, es una relación detallada de todos los elementos que se comprenden en este complicado proceso que llamamos “consulta indígena”.


La lucha de los pueblos indígenas en México –como en América Latina- ha transcurrido por varios ciclos de resistencia a la opresión. El primero, el más largo de la historia, comenzó con la invasión europea y se cerró con las luchas independentistas donde los pueblos tuvieron una amplia participación pero al final fueron subordinados a los intereses de los criollos que se hicieron del poder; el segundo inició con la formación de los Estados latinoamericanos y la imposición de las ideas liberales -promoviendo la propiedad privada y los derechos individuales, atentando contra los pueblos y sus derechos colectivos-, proceso que duró casi toda la segunda parte del siglo XIX; el tercero se desarrolló desde principios del siglo XX hasta los años setenta más o menos y el cuarto se gestó con las políticas neoliberales y se mantiene hasta nuestros días. Cada uno de estos ciclos ha estado marcado por los rasgos específicos de la acumulación capitalista y en cada una de ellas la respuesta del Estado ha tenido su propio sello.

 El primer ciclo coincidió con los objetivos de la naciente burguesía de buscar mercados y recursos para sostener su lucha contra el feudalismo, que andaba en crisis pero se negaba a sucumbir. De ahí que los colonizadores hayan centrado sus esfuerzos en la apertura de mercados que pudieran controlar, lo mismo que del oro para financiar las guerras por la hegemonía europea; en el segundo la burguesía ya se había impuesto al feudalismo y luchaba por imponer su pre-dominio, por eso su interés era consolidar nuevos estados para expandirse, controlar la fuerza de trabajo y los mercados de consumidores; en el tercero los pueblos enfrentaron burguesías arraigadas que buscaron incorporarlos a la cultura nacional, es decir, al mercado interno. En todos ellos el Estado ideó formas de someter a los pueblos a un sistema colonial, muchas veces de manera abierta, otras de manera soterrada, pero en todos los casos combinando políticas de asimilación y planes de sometimiento armado.

En la coyuntura actual los pueblos indígenas enfrentan el cuarto ciclo de conquista, cuyas características principales son que el predominio del capital transnacional inclusive por encima del poder “soberano” de los Estados nacionales.

Una de las formas que han utilizado para hacerlo es la firma de tratados regionales o internacionales donde se define la vida de las naciones y los pueblos. De esa manera, los estados nacionales han ido perdiendo control sobre sus territorios, que ha pasado a manos de las empresas transnacionales, quienes han desplegado una cruzada para el control de los espacios económicos, políticos, sociales y culturales, como no lo había realizado en ninguno de los ciclos anteriores.

En el ámbito económico la acumulación capitalista ha dejado el lugar que central que mantenía en la industria y se ha centrado en mercantilizar los bienes naturales, cosificándolosy transformándolos en propiedad privada para poder apropiarse de ellos. Como estos bienes se encuentran en territorios indígenas, son ellos quienes más directamente sufren la embestida capitalista.

Antes de comenzar a implementar sus planes tomaron medidas para evitar los efectos secundarios no deseados.

Para mitigar las protestas de los pueblos indígenas por el saqueo de los recursos naturales, las instituciones internacionales impulsaron el reconocimiento acotado de sus derechos, entre ellos los territorios y los recursos naturales, mismos que después reglamentaron los gobiernos locales, cuidando que no se crearan instrumentos para ejercerlos.

Así se crearon los grupos de trabajo y los foros permanentes de la Organización de las Naciones Unidas, donde muchos indígenas, la mayoría de las veces sin representación de sus pueblos, discutieron sobre el tema y aprobaron documentos con poca o ninguna fuerza vinculante, lo que no evitaba que se difundieran como grandes logros, mientras en instancias privadas, como la Organización Mundial del Comercio, se tomaban medidas obligatorias.


Paralelo a este reconocimiento se fueron flexibilizando 
otras leyes y se implementaron nuevas políticas que, aparentemente, no tenían ninguna relación con los derechos de los pueblos indígenas pero los afectaban de manera directa y profunda. Entre ellas se encontraban aquellas ligadas con actividades del extractivismo minero a cielo abierto, las que apuntan a la privatización del agua, las que buscan la apropiación de los recursos genéticos y el conocimiento indígena asociado a ellos, las que promueven los servicios ambientales para la captura de carbono y los grandes emporios transnacionales puedan seguir contaminando. Por voluntad propia o contra ella, la mayoría de los gobiernos latinoamericanos ajustaron sus instituciones, leyes y políticas a estas directrices porque así lo pactaron las grandes empresas para facilitar la acumulación capitalista desposeyendo a los poseedores de los recursos naturales ya convertidos en mercancía.

Esa es la lógica que domina los gobiernos dentro del sistema capitalista, sin importar que se proclamen de derecha o de izquierda, y se materializa en la ocupación territorial por

multinacionales o estados extranjeros, a través de contratos de obras que siempre se justifican con el argumento de impulsar el desarrollo. A diferencia de los ochentas, en la actualidad ya no son los gobiernos dictatoriales los preferidos por el capital, sino las democracias y, si son multiculturales mejor, pues cuentan con más legitimidad, y al identificarse con el pueblo garantizan la “paz social”, situación que permite al capital financiero imponer más proyectos que a una dictadura nacionalista. Para que este tipo de gobiernos sean funcionales al capital, solo necesitan única condición: que no pretendan distribuir equitativamente la riqueza del país entre todos sus habitantes; pueden incluso impulsar políticas de apoyo social, pero no acabar contra el colonialismo que sufren los pueblos.

 

Frente a esa situación los pueblos resisten. Cada vez son más los pueblos y comunidades indígenas de México que tienen que enfrentar la voracidad de las empresas extranjeras

que invaden sus territorios para apoderarse de los recursos naturales que ellos han cuidado por siglos, violentando su derecho a ser reconocidos como pueblos, decidir sus propias prioridades, preservar su identidad cultural y mantener la integridad de sus territorios y acceder de manera preferente al uso y disfrute de los recursos naturales existentes en ellos, entre otros. Ejemplos de esto existen muchos: la industria minera, la construcción de presas hidroeléctricas y de almacenamiento de agua, la construcción de parques eólicos para la producción de energía, planes de bioprospección relacionados con los recursos genéticos y el conocimiento indígena asociado a ellos y proyectos turísticos, entre otros. La mayoría estos proyectos son financiados por empresas transnacionales o una combinación de ellas con mexicanas, u otras propiedad de empresarios mexicanos, pero en todo caso cuentan con la con la anuencia de las autoridades estatales que, por otro lado omiten su obligación de vigilar que se respeten los derechos de los pueblos afectados.

 

Un instrumento jurídico que en los últimos años ha cobrado mucha fuerza es el derecho de consulta, como los náufragos que se aferran a lo que queda de la barca para no ahogarse en el mar. A manera de ejemplo, se puede citar la comunidad Rarámuri de Huetosachi, en el estado de Chihuahua, el pueblo Cucapá en Baja California, el pueblo Wirrárika, en el estado de Jalisco y el pueblo ikojts, en el estado de Oaxaca. El primero reclamó que autoridades federales, estatales y municipales habían violentado sus derechos al planear y ejecutar el proyecto turístico “Barrancas de Cobre”, sin consultarlos; el segundo que no se les permitía pescar en los lugares que acostumbran hacerlo porque quedó ubicado dentro del área núcleo de la “Reserva de la Biosfera de la Región del Alto Golfo de California y Delta de Río Colorado”, decretada sin consultarlos, el tercero que la Secretaría de Economía otorgó concesiones mineras dentro de su territorio, afectando su derecho a realizar sus peregrinaciones y otros actos espirituales y culturales y el cuarto que la Secretaría de Energía otorgó permisos para construir parques eólicos en su territorio, también sin consultarlos.

En los cuatro casos los demandantes alegan que se viola su existencia como pueblos indígenas, así como su derecho al territorio y el acceso preferente a los recursos naturales en ellos existentes y a mantener su identidad cultural, derechos todos reconocidos en el orden jurídico nacional e internacional y, tratándose de derechos humanos, este último forma parte de los derechos garantizados a los mexicanos, según dispone la Carta Magna. Además de lo anterior, los casos resultan importantes por otros elementos de ellos: son de los primeros presentados por pueblos indígenas ante los tribuales mexicanos reclamando derechos colectivos y en los cuatro existen resoluciones judiciales favorables, sean provisionales o definitivas. El de Huetosachi está resuelto en definitiva aunque en espera cumpla con la resolución y los otros tres cuentan con suspensiones provisionales, pero falta la resolución definitiva. En el primer caso se amparó a la comunidad para que las autoridades responsables “establezcan los mecanismos de consulta necesarios para definir y proponer los objetivos, prioridades políticas y estrategiasde desarrollo regional en el área de operaciones del Fideicomiso “Barrancas del Cobre”, dentro de la que se asienta la comunidad quejosa”.

 

A estos casos hay que sumar la recomendación No. 56/2012 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, publicada el día 28 de septiembre pasado, relativo a la violación de los derechos del pueblo Wirrárika, por las concesiones mineras que el gobierno federal otorgó a varias empresas mineras. Aunque la recomendación de este organismo de derechos humanos no es jurídicamente vinculante como las sentencias judiciales, resulta importante su análisis porque es un organismo defensor de los derechos humanos y sus conclusiones son muy importantes para el caso que nos ocupa. El asunto ya comienza a preocupar a las autoridades estatales, que en su mayoría lo ven como un nuevo problema que tienen que resolver y no como una oportunidad de encontrar mecanismos de atención a los derechos de los pueblos indígenas, que son la piedra angular de la pluriculturalidad de la nación, según reconoce la propia Constitución Federal.

 

Consciente de que los pueblos indígenas están utilizando la consulta como un medio para defender sus derechos, en el presente documento se presenta un análisis de la forma en que el derecho a la consulta se encuentra regulado en el derecho mexicano e internacional, así como sus alcances y limitaciones. El objetivo es que los pueblos cuenten con elementos de carácter jurídico que les permitan valorar la pertinencia o no de usar el derecho a la consulta como instrumento de defensa de sus derechos, según la circunstancia concreta en que se ubican. Para ello presentamos un panorama de la manera en la consulta ha sido usada en la época contemporánea, tanto desde el gobierno como desde los movimientos indígenas; enseguida se aborda la importancia la manera en que el derecho internacional y la jerarquía de sus disposiciones con respecto al derecho nacional; en la tercera parte se aborda la manera en que se reconoce a los pueblos indígenas como sujetos de derecho, incluyendo un análisis histórico sobre ello; después se aborda el derecho a la consulta en el derecho nacional e internacional; se analiza la manera en que el tema ha sido tratado en los tribunales mexicanos y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y se cierra con una conclusiones sobre todo lo expuesto.