• Mundo Nuestro
  • 09 Septiembre 2015
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Mundo Nuestro. Esta carta se presenta este miércoles 9 de septiembre a los senadores en el Congreso de la Unión. La firman las agrupaciones civiles siguientes:

 

Integradora de Participación Ciudadana, A.C.,Movimiento G2G, Opción Ciudadana, Puebla Vigila, México Prioridad, Tierra Baldía, Voz Ciudadana,  El Congreso Nacional Ciudadano, Puebla Verde.

El reclamo es preciso: declarar como anticonstitucional la llamada #Ley AntiBronco aprobada el mes pasado por el Congreso del Estado de Puebla por ser abiertamente violatoria de los derechos humanos de las ciudadanas y ciudadanos en Puebla.

 

 

MÉXICO D.F. A 9 DE SEPTIEMBRE DE 2015

ASUNTO: CANDIDATURAS INDEPENDIENTES - PUEBLA

SENADORES DE LA REPÚBLICA MEXICANA

PRESENTES

 

Por medio del presente documento, acudimos a ustedes para solicitar su intervención ante un hecho de violación de derechos fundamentales, como lo son los derechos políticos de los ciudadanos en el Estado de Puebla.

Los derechos humanos y políticos conferidos en la Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos, representan un conjunto de principios básicos que deben de ser respetados por cualquier ley de carácter estatal; sin embargo, el pasado 22 de Agosto del presente año, el Congreso del Estado de Puebla votó una ley que violenta los derechos relacionados a las candidaturas independientes, que son producto de una lucha y exigencia ciudadana que desde el año 2010 promovió un amplio colectivo conformado por diversas organizaciones de la sociedad civil.

En dicho año acudimos ante este órgano legislativo a exigir una apertura democrática centrada en el ciudadano; dichas exigencias fueron plasmadas en parte en la Reforma Político Electoral del año 2012, avalada por las principales fuerzas políticas: PAN, PRD, PRI. En dichas REFORMAS incluyeron  1: Candidaturas Independientes.  2: Consulta Popular.   3: Iniciativa Ciudadana.   4: Reelección Legislativa.

 

No debemos permitir que los derechos ciudadanos relacionados a las candidaturas independientes  logrados mediante esta reforma política sean socavados y violentados por las mal llamadas leyes "#Antibronco" o "#LeyesAntiIndependientes" en los estados.

 

En el caso de  Puebla, el resumen de cambios aprobados en la ley estatal incluye el aumento de requisitos exigidos a las candidaturas independiente,  los cuales consisten en que se deberán recolectar por lo menos el 3% de apoyos ciudadanos en base al padrón electoral, que obliga a conseguir las firmas y copias de credenciales para votar por parte de ciudadanos que decidan brindarle su apoyo, el cual deberá de ser  ratificado de forma presencial ante el Instituto Electoral en un periodo de tiempo de 20 días y cubriendo por lo menos dos terceras partes de los municipios del Estado. Para el caso de elección a Gobernador en Puebla, representaría 131,000 apoyos ciudadanos presenciales, en 145 de los 217 municipios del Estado en 20 días.

 

La ley aprobada en Puebla se contrapone con la regulación federal, que requiere porcentajes mucho menores de apoyos ciudadanos en base a la lista nominal y no al padrón electoral (1% Presidente, 2% diputado federal), otorgando un periodo de tiempo tres veces mayor (60 días), en  menor proporción y circunscripción territorial (1% firmas en el 50% de demarcaciones), sin la obligatoriedad de ratificar presencialmente el apoyo ciudadano ante el INE. En contraste, llama la atención los pocos requisitos que se le piden a un nuevo partido político con el mismo objetivo de registrar un candidato a gobernador.

 

Pedimos que los requisitos para una candidatura independiente en Puebla, se armonicen a los federales y sean:

•          No más del 2% de apoyos ciudadanos en todos los casos, en relación a la lista nominal vigente.

•          Un periodo  mínimo de 60 días para conseguir los apoyos y las firmas.

•          Que anticipadamente a los procesos electorales, el INE realice de acuerdo a su obligación y facultades, una amplia difusión entre la ciudadanía acerca de  esta figura, sus mecanismos, formas y en especial, todo lo que se refiere a los apoyos ciudadanos requeridos.

•          Que los apoyos ciudadanos NO tengan que ser de forma presencial, que tampoco requieran copia de la credencial para votar, dado que al llenar el formato respectivo de apoyos ciudadanos, queda anotado el nombre, clave o identificación electoral y firma del ciudadano. Dicha información puede y debe ser valorada, auditada y ratificada por el INE como autoridad de origen que expidió dicha credencial e identificación para votar. Así quedó en la ley federal y no deben pedirse más requisitos en las leyes estatales.

 

Los partidos políticos deben de aceptar que  la figura de candidaturas independientes es positiva porque enriquece la competencia y diversidad  política y porque abre espacios a la posible representación y legitimidad que pueden lograr los individuos en nuestra sociedad. Todo esto  sin demerito a los necesarios partidos políticos.

No se trata de magnificar la figura del candidato independiente como solución a los problemas de nuestra nación; venimos a convocar a la sociedad civil organizada y sus movimientos, al periodismo independiente y serio, al empresariado socialmente responsable, a la academia y a aquellos políticos y representantes sociales con verdadera convicción democrática, para que juntos logremos remontar la crisis de representatividad en la que hoy vivimos.

 

La defensa de la figura de las candidaturas independientes es necesaria porque enriquece al abrir las contiendas y propuestas; favorece la construcción de un diálogo incluyente desde abajo, de forma horizontal.

 

Venimos a solicitarles de la manera más atenta y en base a sus facultades y obligaciones como senadores , así como por medio de sus partidos políticos, que promuevan una Acción de Inconstitucionalidad de conformidad con el  artículo 105 Constitucional,  ya que existe una contradicción entre una norma de carácter general enunciada en nuestra Constitución con respecto a una de carácter local, por lo que debiera ser la Suprema Corte de Justicia de la Nación quien conozca y determine sobre este asunto. 

 

Los Senadores(as) que tengan convicción democrática no pueden ser indiferentes ante esta violación de los derechos políticos de los ciudadanos en Puebla. Esta ley #AntiBronco en su art.201 viola el art. 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, colocando candados y requisitos  que impiden en los hechos, el "acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas".

 

Esta cámara alta del Congreso de la Unión, tiene la facultad, por medio de la  tercera  parte de sus miembros, de exhortar y recurrir al Congreso del Estado de Puebla para dejar sin efecto las recientes modificaciones a la ley electoral local, ya que es violatoria de derechos humanos y políticos.

 

Les pedimos a las dirigencias, miembros, legisladores y fracciones de los partidos, en especial a quienes en el pasado apoyaron la Reforma  Político Electoral Ciudadana, que inicien las acciones de inconstitucionalidad conducentes.

 

Quienes se sumen y defiendan estas acciones demostrarán que son demócratas con la convicción de que el diálogo y el fortalecimiento de la participación ciudadana son las vías de construcción de un México en paz, incluyente y prospero.

 

ASOCIACIONES FIRMANTES:

 

Integradora de Participación Ciudadana, A.C.

Movimiento G2G

Opción Ciudadana

Puebla Vigila

México Prioridad

Tierra Baldía

Voz Ciudadana

El Congreso Nacional Ciudadano

Puebla Verde

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